DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: LA CESACION de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, comprobado como ha sido el cumplimiento de las referidas medidas, por parte del ciudadano: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), SEGUNDO: Se acuerda la LIBERTAD PLENA del mencionado sancionado. -Notifíquese a las partes. Expídase boleta de libertad plena. Ofíciese al programa de Libertad Asistida y oficina de Alguacilazgo. Remítase la causa al Archivo Central para su archivo definitivo. Dado, firma.....