Visto el contenido del auto de fecha 12 de Diciembre de 2008, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los Párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado el retiro y la debida consignación en autos del mismo; este Tribunal Superior, declara DESISTIDO EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto conjuntamente con Suspensión de Efectos, por el Ciudadano: Augusto Antonio Lozada Arana, mediante Apoderado Judicial, contra la Providencia Administrativa S/N, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 15 de Octubre de 2007, conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos form.....