PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las razones de hecho y de derecho analizadas, este Juzgado Cuarto de Control, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LA INVESTIGACIÓN PENAL, POR LO QUE ESTA SOLICITÓ AL TRIBUNAL EL ARCHIVO DE LA CAUSA, todo conforme a lo dispuesto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. La causa solo podrá ser reabierta por el Fiscal cuando surjan nuevos elemento, previa solicitud de autorización al juez de Control. Asiéntese. Notifíquese. Asiéntese en el Libro de Causas y Libro Diario. Cúmplase.
EL JUEZ
ABOG. ZOMALIA GUTIERREZ DE BEJARANO
LA SECRETARIA
ABG. DABELGLIS SILVA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
LA SECRETARIA.