En atención a todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO COMO TRIBUNAL DE ALZADA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado FELIX MEDINA BRACHO, apoderado de la parte demandada, ciudadano AMILCAR AUGUSTO FRANCISCO CURTO, contra la decisión dictada en fecha 09-06-2011, por el Tribunal Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual homologó la transacción celebrada en fecha 06-04-2011.
SEGUNDO: CONFIRMADA la decisión recurrida con la imposición de las costas del recurso a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese a las partes de la presente d.....