declara CON LUGAR LA APELACION EJERCIDA POR LA PARTE DEMANDANTE. Se condena a los co-demandados a pagar las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de ClEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00); por concepto de Daño Moral.-
SEGUNDO: La cantidad de OCHENTA MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.80.400,00), por concepto de Daño Patrimonial.- TERCERO: Se ordena la experticia complementaria del fallo a los fines de determinar la indexación o corrección monetaria.-
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada.-
QUINTO: Se ordena la notificación de las partes, en virtud de haber salido el
presente fallo fuera del lapso legal establecido.