DE C I S I Ó N
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala N° 4 accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho PATRICIA HERNANDEZ, actuando en su carácter de Defensora Pública Penal Trigésima Tercera (33°) del Área Metropolitana de Caracas, en representación del ciudadano MARWYN ENRIQUE JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de Agosto de 2012, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó el decaimiento de la medida Privación Judicial Preventiva de libertad que pesa en contra del prenombrado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Códi.....