Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 25 de octubre de 2013, contra la sentencia dictada en fecha 22 de octubre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se ORDENA LA REPOSICIÓN de la causa al estado de citación, y se declara la nulidad de las actuaciones procesales. Quedó asi CONFIRMADA la decisió apelada.