Este Juzgador determina del estudio de las Actas Procesales que en atención al sagrado principio de la función del Juez de ser justo y equitativo conforme a lo que establece el Articulo 12 del Código de Procedimiento Civil, y por las razones anteriores de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana BERNAIS ARELIS MORAO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.266.425 y domiciliada en Sector "Los Mangos", calle Valmore Rodríguez, casa s/n. Caripito Municipio Bolívar del Estado Monagas, a favor de sus hijos DANIEL EDUARDO RODRIGUEZ MORAO y DAVID JOSUE RODRIGUEZ MORAO, de catorce (14) y doce (12) años de edad y decide