DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constituido en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano CARLOS GRECO BONIFACIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.182.794, actuando en su propio nombre y en su carácter de Director General de la sociedad mercantil "ITALIA ÍNTIMA Y CASUAL, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 26/05/1999, bajo el Nº 78, tomo 963-A, representado judicialmente por la Abogada Flerida Díaz, Inpreabogado No. 27.854, contra la sentencia interlocutoria de fecha 05 de abril de 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Brice.....