Por todos los razonamientos supra expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que con motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS intentara la ciudadana YOHARYS ALBERTINA PALENCIA BASTIDAS, titular de las cédula de identidad Nº 17.985.868, en contra de la entidad de trabajo CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD). SEGUNDO: Se condena a la CORPORACION DE SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD) a cancelar a la ciudadana YOHARYS ALBERTINA PALENCIA BASTIDAS, la cantidad de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 187.754,43), más las cantidades que resulten de las experticias complementarias del fallo ordenadas por los conceptos acordados en la motiva de la presente decisión. TERCERO:.....