En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA, la Transacción judicial del expediente Nº 416-16, en el juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento, celebrada entre los ciudadanos CESAR ENRIQUE RIVAS LEÓN y LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-17.246.626 y V-18.702.098 respectivamente, parte demandante en el presente juicio, junto a su Abogado Asistente JUAN CARLOS CABRERA ARTEAGA inscrito con el Inpreabogado número 196.628, y por el ciudadano HÉCTOR JOSÉ CONDE TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.430.789, en su carácter de Representante legal de la Sociedad Mercantil POLICLINICA CR.....