Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta subsidiariamente al recurso contencioso administrativo de nulidad por el abogado JOSE RAFAEL SALAZAR NAVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 123.286 actuando en sus carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ANTONIO BUSTAMANTE BORGES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V.-7683.000, contra el acto administrativo contenido en la Providencia N° MC-00316, de fecha 15 de junio de 2015 emanada de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI).