DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal MIXTO Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DE MANERA UNÁNIME declara CULPABLES Y RESPONSABLES PENALMENTE a los ciudadanos adolescentes: XXXXXXXXXXX, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el articulo 458 del Codigo Penal en perjuicio de los ciudadanos Carlos Luís Torres Suárez y Castillo Medina Yarledys Tamar y TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado en el articulo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano Carlos Luis Torres Suárez, y los sanciona a cumplir la medida de: PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, prevista en el articulo 620 literal "f" en concordancia con el articulo 628 Parágrafo Segundo todos de la Ley Orgánica para.....