DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑO MORAL, incoada por el ciudadano GUILLERMO JOSE CABRERA SALAZAR, mediante su apoderada judicial GILMA B. ROSS en contra de la Sociedad Mercantil MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A. (MANPA). SEGUNDO: En consecuencia se condena a pagar a la demandada la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.20.000.000,00) por concepto de Daño Moral. En el supuesto negado que la accionada no pague voluntariamente la cantidad condenada en la fase de ejecución voluntaria; dicha suma será indexada, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo fijado para su cumplimiento voluntario y hasta su cumplimiento definitivo. Así se Decide. TER.....