PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana LAURA JOHANA YEPEZ RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-15.477.069, asistida por el Abogado GIORGIO RODDY FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.435.283, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.812, respectivamente, en contra de la sentencia dictada en fecha 30 de noviembre de 2007, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sala de Juicio Nº 01.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en los términos expuestos por esta Alzada, la decisión dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sala de Juicio Nº 01, de fecha 30 de noviembre de 2007, mediante la cual declaró lo siguiente: "...DECLARA CON LUGAR, la referida solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos WILLIAM MANUEL PADRÓN ROMERO y LAURA JOHANA YEPEZ RIVAS, y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL q.....