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Decisiones del dia 30/04/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Juicio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : NJ01-P-2001-000033 N° Sentencia : Fecha: 30/04/2009
Procedimiento:
Revisión De La Medida De Privacion De Libertad
Partes:
FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS, DEFENSOR PRIVADO KISBELL GONZÁLEZ. ACUSADO: DOLORES CALZADILLA, VÍCTIMA: JUSTINA GONZÁLEZ, DELITO: APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA.
Resumen:
DECLARÓ CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Abg. Kisbell González Rodríguez, Defensora Privada de la acusada DOLORES CALZADILLA, y en consecuencia al no existir una solicitud de prórroga por parte del Fiscal del Ministerio Público y manteniéndose aún la aludida acusada bajo una Medida Cautelar de Detención Domiciliaria, debe entonces dictarse una MEDIDA DE LIBERTAD, la cual a juicio de quien aquí decide no podrá ser sin restricciones, sino específicamente en este caso, será una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION CADA TREINTA (30) DIAS POR ANTE EL DEPARTAMENTO DE ALGUACILAZGO de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en el encabezamiento del 244 ejusdem.
Juez/Ponente:
Ylcia Perez
Organo:
Tribunal Primero de Juicio
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N° Expediente : NJ01-P-2001-000033 N° Sentencia : Fecha: 30/04/2009
Procedimiento:
Revisión De La Medida De Privacion De Libertad
Partes:
FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS, DEFENSOR PRIVADO KISBELL GONZÁLEZ. ACUSADO: DOLORES CALZADILLA, VÍCTIMA: JUSTINA GONZÁLEZ, DELITO: APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA.
Resumen:
DECLARÓ CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Abg. Kisbell González Rodríguez, Defensora Privada de la acusada DOLORES CALZADILLA, y en consecuencia al no existir una solicitud de prórroga por parte del Fiscal del Ministerio Público y manteniéndose aún la aludida acusada bajo una Medida Cautelar de Detención Domiciliaria, debe entonces dictarse una MEDIDA DE LIBERTAD, la cual a juicio de quien aquí decide no podrá ser sin restricciones, sino específicamente en este caso, será una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION CADA TREINTA (30) DIAS POR ANTE EL DEPARTAMENTO DE ALGUACILAZGO de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y con fundamento en el encabezamiento del 244 ejusdem.
Juez/Ponente:
Ylcia Perez
Organo:
Tribunal Primero de Juicio
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