Ahora bien, habiéndose recibido en fecha 29 de Abril de 2009, oficio número SSS-00119-2009, mediante el cual informa a este Tribunal que el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, desde dicha fecha hasta la presente no ha cumplido con ninguna presentación por ante dicha oficina, lo cual ocasiona un retraso en su proceso de reinserción social, es por lo que éste Tribunal, siendo que el mandato constitucional exige que el acusado sea oído en toda fase del proceso, aunado a lo consagrado en el Artículo 93 de la Ley Especial, la cual señala entre los deberes de niños y adolescentes: "...b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del Poder Público...", es por lo que en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA CITAR del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a objeto de que COMPAREZCA ANTE ESTE TRIBUNAL EL DÍA JUEVES 07 DE MAYO DE 2009 A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑ.....