En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes expuestas es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGAR el desistimiento del Procedimiento incoado por el ciudadano abogado CARLOS EDUARDO ROMERO SANCHEZ, 85.608, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.608, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora LISETT ANDREINA ANGELINO ROJAS y NEUDY MARIBITH GARCIA SISO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.754.515 y V-12.928.888 respectivamente. SEGUNDO: Se ordenará el cierre y archivo del presente expediente por auto separado una vez que transcurra el lapso correspondiente para que las partes ejerzan el recurso pertinente. Cúmplase lo ordenado en autos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DE ÉSTE TRIBUNAL A LOS TREINTA (30) D.....