DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, realizado por los ciudadanos MAXIMO JOSE GONZALEZ CARRIZALES, PEDRO JOSE MEDINA MEDINA, RAMON ANTONIO SANCHEZ HERNANDEZ, YONER LEONEL LONGA PEREZ, CARLOS CASTRO ONTIVEROS y JOSE GREGORIO ALFONZO GARCIA, JOSE ARQUIMEDES VILLAREAL ALIZO, JOSE LUIS GIL y RAFAEL ULISES CARDENAS LINARES, cédula de identidad No. 12.572.878, 19.247.171, 12.314.941, 18.533.559, 15.640.707, 14.169.051, No.16.715.182, 9.665.717 y 14.665.574, respectivamente debidamente asistidos por abogado contra la entidad de trabajo CARTONERA DEL CARIBE C.A.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
T.....