Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano INGRIS EULALIA SANCHEZ NIEVES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-7297124, nacido en fecha 11-04-1992, de 61 años de edad, profesión u oficio: DEL HOGAR, Residenciado en: URB. GIRARDOT, CALLE N° 1, EDIFICIO N° 1, APARTAMENTO 0302 MARACAY ESTADO ARAGUA. TLF: NO POSEE, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, pena éstas que habrán de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente. SEGUNDO: Se le condena igualmente al acusado a cumplir con.....