Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de defunción, presentada por la ciudadana ADELAIDA RAMONA CHIRINOS DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.858.411.
SEGUNDO: En consecuencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 502 del Código Civil, 774 del Código de Procedimiento Civil y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, SE ORDENA OFICIAR al Registro Civil y Electoral del Distrito Capital, Municipio Libertador, Parroquia La Vega, a los fines de que se sirva estampar la nota marginal del acta de defunción 1158, tomo 5, folio 158, del segundo Trimestre de Los Libros de Registro Civil de Defunciones del año 2021, expedida por la República Bolivariana de.....