Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por el ciudadanoJAIRO GILLERMO ACHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-12.167.828, contra la ciudadanaMIRIAM DEL VALLE CARVAJAL GOMEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cédula de identidad N° V-9.647.229, en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de compra venta sobre un inmueble constituido por Dos (02) habitaciones, cada una de ellas con baño privado, signados con los números 26 y 27 respectivamente, ubicada en el Municipio Girardot del Estado Aragua, Parroquia Las Delicias, El Castaño, Sector Ojo de Agua con entrada .....