En este estado, siendo las 12:00 p.m., el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, y estando el bien inmueble libre de personas y bienes muebles hace a la ejecutante la entrega material, real y efectiva y libre de bienes y personas el bien inmueble que se describe a continuación: un galpón para uso industrial, ubicado en la Urbanización Corinsa I, primera etapa, Municipio Sucre del Estado Aragua, con las siguientes denominaciones: Numero en el plano de la urbanización 19, identificada con la cédula catastral N° 04-06-01-28-03-18, que forma parte de un conjunto de mayores dimensiones de tres (03) naves edificadas independientes, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: En setenta metros (70mts) con la calle Lazo N° 3; SUR: En setenta metros (70mts) con terrenos que son o fueron de J.J González Gorrondona; ESTE: En noventa y un metro con cuarenta centímetros (91,40 mts) con la parcela N° 20 y OESTE: En noventa y tres (93m.....