El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 4, dictada por el Tribunal Superior Primero Accidental N° 3 de lo Contencioso Tributario, en fecha 10 de agosto de 1998, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "CAPRA ARAGUA, C.A."; en consecuencia, este Tribunal fija un lapso de diez (10) días de despacho, para que la contribuyente "CAPRA ARAGUA, C.A.", una vez que conste en autos el resultado positivo de la boleta de notificación que se libre al efecto, efectúe el cumplimiento voluntario de dicha sentencia.-