Mediante la cual este Tribunal de Control, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en el presente asunto judicial seguido al ciudadano (adolescente para la data de los hechos objeto del proceso): IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO EN GRADO DE COAUTORIA, de conformidad con lo previsto en los artículos 615 y 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como los artículos 49 ordinal 8° y 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.-