Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en la presente Demanda de contenido Patrimonial con Medida Cautelar de Secuestro, interpuesta por las abogadas Neblet Carolina Navas Gómez, Magaly Curra Espejo, Yudith Elizabeth Montiel Hernández y Jennifer Montserrat Vilariño Mariano, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 97.065, 62.699, 117.048 y 98.475, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI), en contra del ciudadano GERSON AURELIO SUAREZ ABREU, venezolano, titular de la cédula de identidad V-11.784.697.