En el caso que nos ocupa, la accionante del presente amparo constitucional, pretende pronunciamiento sobre la legalidad y legitimidad de la designación del presidente y vicepresidente del Concejo Municipal del Municipio San Gerónimo de Guayabal del Estado Guárico, así como de la presunta conducta asumida realizada por los Concejales señalados como presuntos agraviantes al desconocer la legitimidad de la "actual Presidenta de ese Concejo Municipal", lo que plantea una controversia administrativa susceptible de ser conocida a través de otro medio ordinario, lo cual conlleva a la conclusión de la existencia de otro medio procesal idóneo contemplado en el ordenamiento jurídico para el restablecimiento de la situación jurídica infringida. Así se declara.
A criterio de este juzgado, existen en el ordenamiento jurídico vías ordinarias para resarcir el agravio presuntamente invocado por la accionante y conforme al criterio reiterado de la Sala Constitucional del Tribunal Supre.....