Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO de los Ciudadanos JESUS ENRIQUE SIERRA LEAL Y LUISA FRANCISCA BOLIVAR DE SIERRA, Venezolanos, Mayores de Edad, Cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-349.626 y V-4.549.009 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DEL MUNICIPIO PAEZ, DISTRITO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 02 de Abril de 1.973, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 209, Tomo 2, de fecha 02 de Abril de 1.973. Ofíciese lo conducente a la PREFE.....