Retirados como han sido los bienes que se encontraban dentro del inmueble, y dando cumplimiento a la presente medida, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SECUESTRADO, el inmueble antes descrito, y pone en posesión del mismo al ciudadano LUIS PORFIRIO CUEVAS PAREDES, titular de la cedula de identidad Nº 7.220.788, quien fue designado como depositario del inmueble por el Tribunal de la causa