-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: DESISTIDO el recurso interpuesto por la incomparecencia de la parte apelante a la audiencia de informes de conformidad con el articulo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha treinta (30) de mayo de 2013, en el expediente Nº 10-0133, con ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, ya que este Juzgado previo análisis del asunto determinó la no existencia de violaciones al orden público en la sentencia recurrida. SEGUNDO: SE RATIFICA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instanc.....