Vista la solicitud formulada por la ciudadana ENEIRA CHIRINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-7.222.580, debidamente asistida en este acto por la ciudadana abogada YOLANDA DEL CARMEN PEREZ DE ASSAD, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V-10.318.717, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nª 217.900, en la que solicita le sea declarado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO EMPADRONAMIENTO 05-11-04-U08-150-010-045-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Samán de Guere, Asentamiento Campesino La Morita I, Urbanización Villa Victoria, Calle El Milagro, N° 40, la cual tiene una superficie de terreno de NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA (94,50 Mts2) y metros de construcción de CIENTO OCHENTA Y NUEVE (189,00 Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Con Parcela Nº 39; SUR: Calle El Milagro, su frente; ESTE: Parcel.....