´Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGARla Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos NARYELIS DEL CARMEN RATIA CARDOZO Y NESTOR ANTONIO SANTANA GOMEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro V-13.874.245 y V--13.492.639 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha Seis (06) de Febrero por el Registro Civil de Villa de Cura, del Municipio Zamora, Villa de Cura, Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 20, del año 1.998, folios 40-41, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima Ley Orgánica de la Ju.....