Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, por el ciudadano ANGEL ALEXANDER ROJAS GRANADILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.990.615, asistido por la abogada YSABEL REQUENA SOLIS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 79.679 en contra del ciudadano ANGEL ROJAS LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.405.825.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, cursante a los folios (05), de la única pieza principal, de confor.....