Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, interpuesta por el ciudadano ANTOINE TAIROUZ ZEYTOMNE, identificado con la cédula de identidad N° V-11.988.044, contra la ciudadana SAIDE MERCEDES AVENDAÑO DE TAIROUZ, identificada con la cedula de identidad N° V-7.253.230, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, el día (30) de mayo del año 1985, según acta de Matrimonio N° 226, Folio 231, Tomo A, Año 1985, Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016.