DISPOSITIVO
Este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO propuesto por el ciudadano EDGAR ESTEBAN FLORES MATERÁN, parte actora en la presente causa en fecha 28/07/2008, en consecuencia se declara consumado el acto, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la devolución del documento de propiedad que corre a los autos del folio 12 al 15.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese y Regístrese.