Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Xiomary Castillo, actuando como apoderada judicial de la ciudadana Mary Pastora Gómez Ochoa, titular de la cédula de identidad Nº 21.495.188, contra el incumplimiento de la sociedad mercantil Viviendas en Guarnición, C.A., a acatar la Providencia Administrativa Nº 0674-2008 dictada en fecha 24 de noviembre de 2008 por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Caracas Sur.
SEGUNDO: Se ORDENA a la empresa Viviendas en Guarnición C.A., dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 0674-2008, dentro de un lapso que no excederá de cinco (05) días hábiles continuos contados a partir de la publicación de la presente decisión, informan.....