Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN recurso de apelación interpuesto por la abogado TERESA PINTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 118.104, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la decisión de fecha DIECINUEVE (19) DE JUNIO DE DOS MIL DOCE (2012), emanada del Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.