Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por la por el ciudadano ANGEL ESTEBAN LEDESMA CEDEÑO, cédula de identidad N° V-7.079.087, debidamente asistido por la abogada IRIANA RAMOS, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.137.840, en su carácter de trabajador, y por la entidad de trabajo GRUPO ENLACE S.A representada por el ciudadano ALEXIS GARCIA, cédula de identidad No.11.494.400, en su carácter de presidente, debidamente asistido por la abogada SILVIA PEROZO, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.139.269.
SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del.....