DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: EDWARD JOSE ALASTRE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.976.533, Soltero, residenciada en PEDREGALITO 1, CALLE NACIONAL, CASA Nº 18, SAN JUAN DE LOS MORROS ESTADO GUARICO, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO AGAVILLAMIENTO Y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 357, 286 del Codigo Penal Y 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.. Se observa que la penada fue condenada a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. Asimismo, se le participa que la penada EDWARD JOSE ALASTRE .....