Se acuerda el traslado del acusado de marras, en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna, hasta el Hospital Universitario "Dr. Manuel Núñez Tovar", de esta ciudad de Maturín, con la seguridad del caso, a fin de que sea atendido por medico o medica internista.-