SE REPONE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE NOTIFICAR NUEVAMENTE AL DEFENSOR JUDICIAL, para que en nombre de la sociedad mercantil CADENA VENEZOLANA DE AUTOMERCADOS LOS CRIOLLITOS C.A., comparezca por ante este Juzgado dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haber sido debidamente notificado a manifestar su aceptación o excusa al cargo en referencia y en el primero de los casos preste el juramento de Ley, en el entendido que una vez conste en autos su juramentación, quedará intimado, conforme a decisión emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, de fecha 28 de mayo de 2002 y comenzará a correr el lapso de DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO, a fin de que apercibido de ejecución, pague o acredite haber pagado o formule oposición de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta de Notificación.
En virtud de lo anterior, se declaran nulas y sin ningún efecto jurídico todas las a.....