lo que conllevan insoslayablemente a una inepta acumulación de pretensiones, toda vez, que al tratarse de Procedimientos Administrativos diferentes, los mismos deben ser tramitados individualmente, debiendo ser analizado cada caso en particular, por cuanto tales procedimientos fueron interpuestos en fechas distintas y contra sujetos diferentes. De manera que, al haberse sustanciado procedimientos individuales e independientes uno del otro, así deben ser tratadas. Igualmente, observa este Sentenciador, que no existen conexión en las pretensiones acumuladas en el presente Recurso de Nulidad contra las dos (2) Providencias Administrativas supra señaladas, pues no existe asidero de conexión alguno, de conformidad con lo establecido en el Articulo 52 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto, si bien es cierto el objeto de la presente causa coincide al pretender la Nulidad de las Providencias recurridas, se trata de la Nulidad de diferentes Providencias Administrativas, dictadas en dif.....