PRIMERO: DESISTIDA la apelación ejercida por abogada en ejercicio Maritza Villanueva, inpreabogado Nro. 54.835, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, entidad de trabajo PROCESOS INDUSTRIALES PROCEINDU, C.A, así como de la apelación interpuesta por el ciudadano Otoniel Alonso Nova, de nacionalidad colombiana, titular de la Cédula de Identidad Nro. E.-83.822.164, debidamente asistido por los abogados en ejercicio María Gabriela Aquino D Milita e Isaac Torrealba, inpreabogados nross. 30.023 y 155.643, también en representación de la parte actora apelante, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de agosto del año 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de la Victoria, contentiva del juicio por Disolución de Sindicato. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que declaro sin lugar la demanda por Disolución de Sindicato, presentada por la entidad de trabajo PROCESOS.....