1.- SU COMPETENCIA para conocer en primer grado de jurisdicción, la acción de amparo interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por la ciudadana Marjorie Alejandra Solórzano Calcurian, contra presuntas actuaciones de la Prof. Eucaris Karina Ríos, en su condición de Directora de la Escuela Técnica Industrial Nacional "Mariano Fernández Fortique", Cagua estado Aragua.
2.- ADMITE provisionalmente la acción de amparo constitucional propuesta, por cumplir con los requisitos formales exigidos en el Artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en consecuencia se ORDENA la notificación de esta decisión mediante boleta a la parte presuntamente agraviante: Prof. Eucaris Karina Ríos, en su condición de Directora de la Escuela Técnica Industrial Nacional "Mariano Fernández Fortique", Cagua estado Aragua; y mediante Oficios al Ministro del Poder Popular para la Educación; a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela; al .....