´DISPOSITIVA
Establecido lo anterior, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, en obediencia a la Ley, el derecho y la justicia como fines fundamentales de un proceso justo, DECLARA: NEGAR la solicitud de otorgamiento de una medida cautelar sustitutiva de libertad, incoada por parte de la representación de la defensa Abogada KAREN RAMOS, Defensora Pública Provisoria Undécima (11°), adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Aragua, en escrito interpuesto en fecha veinticuatro (24) de Octubre de 2025, constando en autos en fecha veintisiete (27) de Octubre del año que discurre. En consecuencia, se mantiene la validez de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa contra de los justiciables YESICCA YURBELE CASTRO LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.098.484, y EDUARDO ANTONIO OSTO PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-20.107.198, Negativa que obedece de conformidad con los ar.....