Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado contra los imputados JOSE GREGORIO VILLANUEVA y ALEXANDER JOSE HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 4° y 5° del Código Penal en perjuicio del RESTAURANT LA ODISEA y AURA MARGARITA RODRIGUEZ FERNANDEZ