Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los abogados Hugo Rafael Guedez Laguna y Emma Elizabeth Marcella Córdova, actuando como apoderados judiciales del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI), contra la Providencia Administrativa Nº 00170-08 dictada en fecha 30 de octubre de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en San Fernando de Apure, Estado Apure, y declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Apure, al cual se ordena remitir el expediente.