Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR, la denuncia presentada por la ciudadana Menfis del Carmen Álvarez, Defensora privada del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) imputado de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto en los artículos 5 y 6 ordinal 1o, 2o, y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, SECUESTRO AGRAVADO previsto en el artículo 3 en concordancia con el 10 ordinales 7o, 12° y 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto en el artículo 37 y 23 ordinal 9 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, OBTENCIÓN ILÍCITA DE BIENES Y SERVICIOS previsto en el artículo 15 de la Ley Especial Co.....