Partes: PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL ELECTRIC CONTROL, C.A. INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, EN FECHA 2 DE NOVIEMBRE DEL 1993, QUEDANDO ANOTADA BAJO EL N° 21, TOMO 591-B, REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL CIUDADANO ESDRAS DE JESÚS OLIVARES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-5.296.097. APODERADA JUDICIAL: ABOGADA GISELLE CHEDIAK, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 125.956. PARTE DEMANDADA: SOC
Partes: PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL ELECTRIC CONTROL, C.A. INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, EN FECHA 2 DE NOVIEMBRE DEL 1993, QUEDANDO ANOTADA BAJO EL N° 21, TOMO 591-B, REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL CIUDADANO ESDRAS DE JESÚS OLIVARES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-5.296.097. APODERADA JUDICIAL: ABOGADA GISELLE CHEDIAK, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 125.956. PARTE DEMANDADA: SOC