Vista el acta conciliatoria suscrita ante la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, de fecha 18 de Noviembre del 2023, entre los ciudadanos TITO MANUEL RODRIGUEZ VIVAS y JENNY ALEJANDRA PRATO COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números, V-15.736.904 y V-18.068.707, respectivamente, con el carácter de padres de los niños: (Se obvia identidades). Edad: 12 y 1 años.. Relativa a la obligación de manutención de mencionado(s) niño(s). Désele entrada y anotación en el libro respectivo, y por cuanto la actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles en los términos y condiciones antes indicadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se admite.
Este digno tribunal en ejercicio de sus funciones, le imparte HOMOLOGACIÓN a dicho acuerdo conciliatorio suscrito por ambos padres, respect.....